Editorial de Gabriel Pigliacampi, Pte. Foro “Créeles Siempre”
Ángel ya no está. Su ausencia obliga a tomar conciencia de la gravedad que implica una vinculación forzada. No se trata aquí del género del progenitor, sino de los derechos que asisten a Niñas, Niños y Adolescentes, consagrados en convenciones, tratados y leyes con rango constitucional.
Los jueces de familia, en el ámbito civil, tienen un objeto claro: intervenir en conflictos por alimentos, régimen de visitas, cuidado personal y divorcios. Es en ese fuero donde queda radicada la violencia intrafamiliar, que puede incluir abuso sexual, castigos corporales, abandono, negligencias o maltrato psicológico, situaciones todas que colocan al menor en riesgo de vida o de lesiones psíquicas.
El análisis que se impone es el siguiente: si el abuso sexual, el maltrato físico y psíquico, las negligencias y el abandono encuadran, según el caso, en tipificaciones de carácter penal, ¿por qué continúan tratándose exclusivamente en el fuero civil? ¿No debería el fuero de familia realizar un análisis más profundo cuando aparecen estos indicadores?
Como recordaba Platón, “la justicia es dar a cada uno lo suyo”, y lo suyo para un niño es, ante todo, protección. Sin embargo, los juzgados de familia suelen optar por la flexibilidad, con mediaciones y audiencias enfocadas, en teoría, en el “interés superior del niño”. La realidad desmiente la teoría cuando vuelve a aparecer un niño muerto en Comodoro Rivadavia. ¿No tendría la justicia de familia la responsabilidad primaria de proteger a los menores y a las víctimas de violencia, y de elevar la causa al fuero penal correspondiente?
A esto se suma una variable estructural: cuando el progenitor no conviviente atraviesa una situación económica desfavorable y carece de recursos para peritos y abogados, el niño puede quedar en manos del abusador o del maltratador. Entonces, si un caso de violencia familiar configura delito, y el tribunal de familia puede dictar medidas cautelares y derivar el expediente a la justicia penal para su investigación, ¿por qué no lo hace?
Este punto resulta crucial para debatir en todos los países. No analizar ni exponer estas ideas condena a una infancia infeliz, a la deriva, sin derechos y con finales trágicos como el de Lucio Dupuy, y hoy con Ángel en Comodoro Rivadavia.
¿Dónde están las leyes de protección, los tratados internacionales, las convenciones y el sentido común de los “profesionales del Derecho”? La única verdad es la realidad, sentenciaba Aristóteles. Y la realidad es que a Lucio y a Ángel no los tenemos: están en un ataúd. Resta ver qué hace la fiscalía ahora que cuenta con más elementos, cuando ese era el fuero que debió intervenir desde el principio, antes del desenlace fatal.